Sólo algunas enfermedades que se producen
en relación a las condiciones de trabajo reciben la consideración de «enfermedades profesionales». Nuestro sistema de Seguridad Social dispone
que las alteraciones de la salud que reciban la consideración de accidente de trabajo o de enfermedad profesional se consideren «contingencias profesionales», mientras las demás son consideradas «contingencias
comunes».
Cuando la enfermedad es declarada como contingencia profesional, el trabajador/a afectado/a se verá mejor
protegido y se beneficiará de prestaciones y compensaciones económicas
establecidas sólo para las contingencias profesionales y no para las comunes, además
de un tratamiento sanitario diferenciado.
El Instituto Sindical del Trabajo,
Ambiente y Salud (ISTAS) ha publicado una guía que nos ayuda a entender este
tema y en el que publica una lista de enfermedades profesionales reconocidas.
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